martes, 8 de octubre de 2019

SINDICATOS, PATRONALES Y CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO



INTRODUCCIÓN 

El derecho colectivo de trabajo forma parte fundamental del derecho laboral. Una varilla se parte fácil, pero un conjunto de varillas unidas es más difícil e incluso imposible.

El artículo 14 bis de la Constitución Nacional establece como derecho de los gremios:
  1. Concertar convenios colectivos de trabajo
  2. Recurrir a conciliación y al arbitraje
  3. Utilizar como medida la huelga
  4. La protección especial de los representantes gremiales para que puedan ejercer su gestión
  5. Organizarse en sindicatos libre y democráticamente, bastando inscribirse en un registro especial
PRINCIPIOS DEL DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO

Así como hay principios del derecho laboral que ya vimos, así existen principios del derecho colectivo de trabajo, los cuales son:

1. Subsidiaridad: que se aplica cuando en un convenio colectivo de trabajo no se encuentra la solución ante un litigio entre un empleado y un empleador. En dicho caso, el empleado puede recurrir a la Ley de Contrato de Trabajo.

2. Libertad Sindical: abarca tanto lo individual como lo colectivo: la posibilidad del empleado de de afiliarse a un sindicato o no hacerlo y desafiliarse (el sindicato se lleva un porcentaje del sueldo mensual del empleado para sostener sus actividades) y los empleados afiliados  pueden unirse con otros empelados para constituir una nueva asociación.

3. Autonomía colectiva: es el derecho de la entidad sindical de constituirse y regir sus destinos autónomamente por medio del dictado de sus estatutos, estableciendo su propio régimen disciplinario y de administración. 

LOS CUATRO EJES DEL DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO

Estos son: 

1. La negociación colectiva

Es un procedimiento mediante el cual los empleadores, empleados y, en ocasiones, el Estado interactúan para plantear sus intereses contrapuestos y llegar a acuerdos y compromisos mutuamente aceptados. Se negocian los sueldos y las condiciones de trabajo. 

2. Los convenios colectivos de trabajo

Se trata de un conjunto de normas que regulan una actividad de un sector y son acordados entre los empleadores y una asociación de trabajadores. Resultan obligatorios para los empelados de esa categoría. Estos convenios surgen de las paritarias o comisiones especiales integradas por números iguales de representantes de empleados y empleadores, que tienen la facultad de analizar los puntos específicos de las relaciones laboral como los salarios y las relaciones de trabajo. 



3. Las asociaciones sindicales de trabajadores y las asociaciones profesionales de empleadores (patronales)

Son organismos colectivos que representan a los sujetos que son parte de la relación laboral. Las asociaciones de empleadores son las que se conforman con quiénes contratan personas en relación de dependencia, reuniéndose para defender sus intereses.

Logo de la asociación patronal argentina Cámara Argentina de Comercio

4. Los métodos de solución de conflictos colectivos de trabajo

Son mecanismos que se ponen en práctica cuando surgen problemas que momentáneamente no pueden ser resuelto por las partes involucradas. Se puede llegar a solicitar arbitraje de terceros, como el Estado, para que interesan entre las partes.  Hace poco la Pastoral Social de La Plata fue intermediario entre el Estado y los trabajadores del Astillero Río Santiago. 

MEDIDAS QUE PUEDEN TOMAR LOS EMPLEADOS DURANTE UN CONFLICTO DE INTERESES LABORALES



1. Retiro de colaboración: consiste en la no realización por parte de los empleados de horas extras a su jornada laboral.

2. Piquete: modo de protesta mediante el cual los empleados  que llevan adelante una huelga o un paro se concentra en el exterior de los accesos a una empresa, de forma pacífica. 

3. Paro: interrupción del trabajo por tiempo determinado (se anuncian las horas o los días), en el cual los trabajadores que no llevan adelante la prestación permanecen en el lugar de trabajo. 

4. Disminución de las tareas asignadas: modo de reclamo en el cual no se produce una interrupción de las prestaciones, sino que el trabajador se limita a realizar el mínimo posible de la tarea asignada. 

5. Huelga: consiste en el retiro de los empleados o la no concurrencia a las instalaciones de la empresa, así como la no realización de las tareas asignadas. 



LOS SINDICATOS 

Se trata de una organización de empleados que tiene como objetivo la acción colectiva de proteger y mejorar el nivel de vida propio de la parte de los individuos que deben vender su fuerza de trabajo.

A veces estás organizaciones cuentan con más afiliados que un partido político y puede ejercer presión sobre el gobierno o sobre los partidos políticos a fin de obtener mayores beneficios. 

Los sindicatos de base o por rama de actividad cuentan con afiliados, que a su vez eligen delegados en las fábricas o en los lugares de trabajo, para que los representen en los sindicatos. Estos, para tener mas fuerza, se reúnen en federaciones y/o confederaciones. 

La negociación colectiva es un proceso mediante el cual los empleadores y los sindicatos discuten y negocian las condiciones de empleo. A partir de la negociación colectiva se logran convenios colectivos de trabajo. 

Algunos sindicatos argentinos

¿CONFRONTACIÓN O DIÁLOGO SOCIAL?

El diálogo social es el proceso por el cual los distintos sectores sociales, en especial los representantes del gobierno, los empleadores y los empleados se comunican entre sí para debatir y tomar decisiones respecto de temas que les conciernen a todos, con el fin de sumar aportes sustanciales para el diseño de políticas económicas, sociales y laborales.

En 1992 se divide la institución representante de los sindicatos argentinos, surgiendo la continuación de la CGT y la CTA
***

ACTIVIDADES: (Max. dos por grupo, Fecha de entrega: )

A. RESPONDE:

1. ¿Qué parte de nuestra constitución protege el derecho a utilizar las herramientas sindicales? 
2. ¿Qué otra normativa de nombra que busca garantizar la práctica sindical?
3. En un conflicto colectivo de trabajo ¿Quiénes intervienen y quiénes pueden intervenir? 

B. COMPLETA: Según lo que informa el texto:

Ni el Estado ni un organismo internacional puede organizar, controlar y reglar el actuar interno de un sindicato gracias al principio de... 

Si hay un conflicto entre el empleado y el empleador por una cuestión del Convenio Colectivo de Trabajo, se debe aplicar lo que dice la LCT, según el principio de ... 

Puedo elegir si quiero o no quiero ser parte de un sindicato o una patronal en base al principio de... 

C. OPINA:

Referente a los piquetes como medida de acción directa... ¿Qué te parece que los sindicatos corten las vías de tránsito de la ciudad para visibilizarse, incluso no permitiendo que otros trabajadores puedan llegar a sus trabajos o volver a sus casas? ¿Qué solución le ofrecerías a estos últimos?

D. RELACIONA:

La siguiente noticia con el tema:


Indicando:
1. ¿En qué lugar de Argentina sucede esto?
2. ¿Cuál es el motivo de la medida?
3. ¿Cuál es la solución requerida?

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